Abierto el plazo de presentación de ofertas para la adjudicación de la caseta en las fiestas de Moros y Cristianos
El ayuntamiento de Grazalema- Benamahoma informa que hasta el 9 de julio inclusive está abierto el plazo de presentación de ofertas para la adjudicación de la caseta municipal instalada en la Plaza de Las Huertas en las Fiestas de Moros y Cristianos.
Este es elpliego de condiciones económico administrativas que regirá la adjudicación:
1.- OBJETO DE LA ADJUDICACIÓN
El objeto del contrato, de naturaleza menor en cuanto a su
cuantía y de servicios conforme al Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público, es la organización y explotación de la “CASETA MUNICIPAL” instalada
en la Plaza de
las Huertas, durante las Fiestas de Moros y Cristianos de Benamahoma 2012, de
carácter tradicional.
El órgano de contratación es el Ayuntamiento de
Grazalema-Benamahoma. La Comisión
de Fiestas de Benamahoma gestiona, planifica y organiza voluntariamente cada
año las Fiestas de dicha localidad bajo las directrices y dependencia directa
de la Alcaldía
del Ayuntamiento de Grazalema, del Concejal Delegado de Benamahoma y demás
miembros de la Corporación
o personal técnico que se determine.
2.- PLAZO DE LA ADJUDICACIÓN
Durante el
periodo comprendido entre los días 3, 4, 5 y 6 de agosto de 2012.
3.- FORMA DE
SELECCIÓN DEL/LA
ADJUDICATARIO/A Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la Caseta Municipal
se efectuará por Procedimiento público Negociado de carácter abierto, es decir,
pudiendo presentarse cualquier interesado que reúna los requisitos preceptivos
y adjudicándose a la oferta más ventajosa en su conjunto y sin perjuicio de la
apertura de un proceso de negociación con los interesados que reúnan los
requisitos preceptivos y en igualdad de condiciones, con arreglo al presente
Pliego de Condiciones, y en lo no dispuesto expresamente se estará a lo que
señale la normativa que resulte aplicable, teniendo en cuenta, las condiciones
de gestión ofertadas en la proposición que
se presente.
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del
concurso serán los siguientes:
a)
Actuaciones, atracciones
o grupos musicales que se van a contratar:.............................Hasta 8
puntos.
b)
Servicio de Personal con
el que se dotará la Caseta:.....................................................Hasta
6 puntos.
c)
Precio de las
consumiciones:……………………………………………………………………………........Hasta 5 puntos.
d)
Experiencia o Proyectos
realizados de características similares:......................................Hasta
4 Puntos.
e)
Precio ofertado
(mejorando el tipo mínimo de licitación. Clausula 9): .............................Hasta
3 puntos.
f)
Cualquier otro extremo que el/la adjudicatario/a considere
oportuno y que suponga una mejora de las prestaciones a realizar.........................................................................................Hasta
2 puntos.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se
procederá a la apertura por la
Mesa de Contratación de las plicas presentadas conforme se
dispone en el presente Pliego de Condiciones, pudiendo la Mesa de Contratación en el
acto de apertura de las plicas, conforme al art. 178 del TRLCSP, acordar abrir
un periodo de negociación con los licitadores que versará sobre la gestión de la Caseta en su conjunto y
atendiendo a los criterios señalados anteriormente. Durante la negociación, en
caso de acordarse abrir dicho periodo, el órgano de contratación velará porque
todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitarán, de
forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados
licitadores con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los
licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los
requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y, en
su caso, y en los posibles documentos complementarios, y con el fin de
identificar la oferta más ventajosa en su conjunto de la explotación de la Caseta Municipal.
No podrán tomar parte en el procedimiento para la
adjudicación de las instalaciones de la Caseta, aquellos/as interesados/as, que al día de
la finalización de presentación de las propuestas, tuviera alguna deuda con las
Administraciones Públicas, especialmente, aquellos/as que fueren deudores/as de
este Ayuntamiento por cualquier concepto.
4.- INSTALACIONES
AFECTADAS A LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO Y AYUDA ECONÓMICA
El Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma pondrá a
disposición del adjudicatario/a las siguientes instalaciones y mobiliario para
la prestación del servicio:
a)
Caseta
Municipal, instalada en la Plaza
de las Huertas.
b)
75
sillas.
5.- ACTUACIONES
MUSICALES
El Ayuntamiento de Grazalema - Benamahoma, si lo considera
pertinente y en caso de que el adjudicatario del contrato no lo haya previsto
en su oferta, podrá contratar una ACTUACIÓN MUSICAL que amenizará las
actuaciones diurnas (un mínimo de dos pases), así como las actuaciones nocturnas de los días 3, 4, 5 y 6 de
agosto de 2.012, siempre y cuando exista la preceptiva consignación
presupuestaria.
6.- OBLIGACIONES BÁSICAS
DEL/LA ADJUDICATARIO/A
Organizar y explotar la Caseta Municipal,
durante los periodos anteriormente detallados, asumiendo enteramente los
riesgos económicos de su gestión, corriendo a su cargo el cumpliendo de las
obligaciones que a continuación se relacionan:
1.- Horario de apertura: será conforme a las disposiciones
legales vigentes.
2.-La entrada de la Caseta es totalmente libre y gratuita todos los
días de feria, no pudiendo exigir bajo ningún concepto precio alguno por la
misma.
3.- Instalación de mostradores y servicio de bar.
4.-Limpieza diaria de la Caseta Municipal.
5.-Ambientación Musical mediante equipo musical de al menos
200 w. R.M.S.
6.-Asumir cualquier otro gasto asociado a puesta en
funcionamiento de las instalaciones (confección de “tickets”, etc).
7.-Desmontar las instalaciones que no sean de propiedad
municipal, debiendo dejar el emplazamiento de las mismas en perfectas
condiciones de limpieza tras la finalización inmediata de las fiestas.
8.-Los gastos derivados de decoración de la caseta.
9.-Instalación, como máximo, de 15 mesas PLEGABLES y 75
sillas. Éstas solo se podrán colocar en los laterales de la Caseta, dejando la zona
central de la misma como pista de baile.
10.-Mantener el buen estado de la Caseta, siendo responsable
de cualquier desperfecto que pudiera ocasionársele debido a negligencia del
adjudicatario/a o cualquiera de sus empleados/as.
11.-Pago del precio de arrendamiento ofertado, en su caso.
Además el/la adjudicatario/a deberá atender las
obligaciones que abajo se relacionan para todos los servicios objeto del
presente contrato. A saber:
a)
Organizar
y explotar el servicio, durante los períodos anteriormente detallados,
asumiendo enteramente los riesgos económicos de su gestión.
b)
Concertar
un seguro de responsabilidad civil que
al menos debe cubrir una cobertura mínima de 150.253,03 € para casos de muerte
y hasta un tope acumulado de 1.202.024,21 € para tal contingencia, en el
supuesto de que fuesen dos o más muertes en el mismo siniestro, así como un
seguro que cubra los
daños personales y materiales que se puedan originar a los/as espectadores/as o
a terceras personas, entregando
copia de los mismos a la auxiliar – administrativo de las Dependencias
Municipales de Benamahoma. En todo caso el Seguro o Seguros se tendrán que
adaptar a las disposiciones legales vigentes en caso de las condiciones
señaladas anteriormente sean otras en el momento de su concertación conforme a
las disposiciones legales vigentes.
c)
Pagar el
canon estipulado.
d)
Quedará
el Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma exento de cualquier responsabilidad que
por incumplimiento de las normas vigentes de carácter laboral, fiscal o de
Seguridad Social, pueda exigirse al/la adjudicatario/a.
e)
No
podrá realizar obras ni traspasar el arrendamiento a terceras personas sin autorización
expresa del Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma.
f)
La
prestación de los servicios
ha de llevarse a cabo con estricta sujeción a las normas estatales, autonómicas
o locales que regulan las actividades a desarrollar, quedando exento el
Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma de cualquier responsabilidad que por
incumplimiento de dichas normas y otras de carácter laboral, fiscal o de
Seguridad Social, pueda exigirse a la persona adjudicataria.
g)
Los servicios se prestarán por la
persona adjudicataria durante el plazo de Concesión Administrativa, siendo de
su cargo todos los tributos estatales, autonómicos o locales, incluido el
I.V.A. que grave las actividades que se ejerzan, con la contraprestación de
percibir durante el periodo de prestación, los precios que satisfagan a las
personas usuarias de los Servicios.
h)
Correrá a cargo del/la contratista
la conservación de las instalaciones afectadas al mantenimiento y perfecto
estado de funcionamiento de las instalaciones eléctricas, de abastecimiento y
evacuación de aguas. Así mismo, responderá de todas las reparaciones
necesarias, incluso de los deterioros producidos por las personas usuarias.
i)
Contratar al personal necesario para prestar los Servicios
conforme a lo que en cada momento establezca la legislación vigente, corriendo
a su cargo cuantas obligaciones en materia laboral o de Seguridad Social haya
de cumplir.
j)
Responder de toda indemnización civil o penal de daños
por accidentes que ocasionen los/as operarios/as e instrumentos de trabajo
empleados en las instalaciones, sin perjuicio de los derechos que asistan al
contratista frente a los autores de los hechos o las compañías aseguradoras de
los riesgos. Así mismo, el/la contratista será responsable civil y
administrativamente ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan el/ella o
empleados/as, y quedará obligado al resarcimiento de los daños que se causen a
terceras personas con motivo de la defectuosa prestación de los servicios,
culpa o negligencia inexcusable, sin perjuicio de las sanciones contractuales
que puedan imponérsele.
k)
No enajenar ni gravar bienes
afectos a la concesión que hubieren de revertir al Ayuntamiento de
Grazalema-Benamahoma.
l)
El personal empleado en los
Servicios deberá comportarse con absoluta corrección con el público,
autoridades municipales y sus agentes y mostrar cuando fuera requerido para
ello, la documentación que acredite su identidad.
m) Permitir
y facilitar las inspecciones que de las instalaciones se disponga por el
Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma.
n)
Disponer todos los empleados en
la caseta de los permisos necesarios de carácter sanitario inherentes a la
manipulación de alimentos (Carnet de manipulador de alimentos).
o)
Obtener los permisos precisos
para ejercer la actividad, corriendo a su cargo los impuestos, tasas y/o
precios públicos que graven la misma.
7.- PRECIO DE LAS CONSUMISIONES
Se
someterán a la aprobación expresa del Ayuntamiento, que no la otorgará si los
precios en barra y mesa, considerados individualmente, superan la media de los
establecidos en los bares de la localidad de idéntica categoría. Una copia de
los precios autorizados, con la firma del Concejal Delegado de Benamahoma,
estará expuesta y a disposición del público.
8.- RELACION CON LOS/LAS USUARIOS/AS
El/la
adjudicatario/a, así como los/as usuarios/as de las instalaciones objeto de
arrendamiento vendrán obligados/as a ajustarse en sus relaciones a las
prescripciones legales en cada momento vigentes y a lo que es usual en las
actividades a desarrollar.
9.- CANON QUE
HABRÁ DE SATISFACER EL/LA
ADJUDICATARIO/A AL AYUNTAMIENTO
El/la
adjudicatario/a deberá satisfacer al Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma el
importe que a tal efecto haya ofertado en su proposición, siendo el tipo mínimo
de 4.000 EUROS (CUATRO MIL EUROS),
que podrá ser mejorado al alza.
El
importe del canon se abonará al menos una semana antes del comienzo de las
Fiestas de Moros y Cristianos en el NÚMERO DE CUENTA: 2103 – 0603 – 41 –
0230277958, debiendo presentar el correspondiente resguardo de ingreso en las
Dependencias Municipales de Benamahoma, ANTES DEL 26 DE JULIO.
10.- GARANTIA PROVISIONAL
No
se establece.
11.- GARANTIA DEFINITVA
El/la
interesado/a que resultare adjudicatario/a de las instalaciones deberá ingresar
en el en el NÚMERO DE CUENTA: 2103 – 0603 – 41 – 0230277958, un importe 500 Euros en concepto de GARANTÍA
DEFINITIVA, a la firma del contrato y que le será devuelta una vez concluido el
plazo de adjudicación, si no hay responsabilidades que exigirle.
12.- PROPOSICIONES
12.1.-
Las proposiciones se presentarán en dos
sobres cerrados, sellados o lacrados, suscritos por el/la propio/a
licitador/a o por persona que legalmente le represente.
Los
sobres irán dirigidos al Sr. Concejal Delegado del Ayuntamiento de Grazalema en
Benamahoma, especificando en el exterior de los mismos, el objeto de la
licitación, el nombre de/la licitador/a o empresa a la que representa, así como
deberá indicarse si se trata del sobre nº 1 o sobre nº 2.
12.2.-
Las proposiciones económicas se sujetarán al modelo establecido en el anexo I
del presente pliego y su presentación presume la aceptación incondicional por
el/la proponente del contenido de la totalidad de las cláusulas contenidas en
el mismo sin salvedad alguna.
12.3.-Cada
licitador/a solo podrá presentar una proposición. En el caso de que se pretenda
presentar una segunda proposición, la segunda no será admitida. Igualmente no
se admitirán variantes o alternativas de ofertas de licitación dentro de una
misma proposición.
12.4.- Los sobres deberán contener la siguiente
documentación:
Sobre nº 1:
a)
Los
que acrediten la personalidad jurídica del/la
empresario/a y en su caso su representación.
Personas
físicas: Documento Nacional de Identidad.
Personas
jurídicas: Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro
Mercantil, acompañada de la escritura de poder bastanteada por el Secretario de
la Corporación.
b)
Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de
las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones
vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba
presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo
favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración podrá
ser formulada de conformidad con el modelo del anexo 2 del presente
Pliego.
c)
Acreditación de la solvencia económica y
financiera y de la solvencia técnica y profesional del empresario: Declaraciones
apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la
existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, (solvencia
financiera) y relación de los principales servicios o trabajos realizados en
los últimos tres años
que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos
(solvencia técnica y profesional) o de cualquier otra forma conforme a la LCSP.
Sobre nº 2:
Incluirá
la siguiente documentación:
a)
La proposición económica del/la
licitador/a, que ajustará al modelo
establecido en el anexo 1 del presente pliego.
b)
Proyecto
de Gestión, en el que se especifique, como mínimo:
Actuaciones, atracciones o grupos musicales que se van a
contratar.
Servicio de Personal con el que se dotará la
Caseta.
Precio de las consumiciones:
Experiencia o Proyectos realizados de características
similares.
Precio ofertado.
Relación
de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya
importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos (solvencia
técnica y profesional).
Cualquier otro extremo que el/la adjudicatario/a considere
oportuno y que suponga una mejora de las prestaciones a realizar.
c)
Informe detallado con curriculim vitae de la
persona / empresa ofertante con indicación expresa de los Proyectos realizados
en años anteriores de características similares (aportándose documentación
justificativa).
13.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE
PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en el Registro de Entrada de las
Dependencias Municipales de Benamahoma, en horas de oficina, entre los días 20 de
junio al 9 de Julio de 2.012, ambos inclusive.
La fecha de apertura
de las proposiciones, en acto público, tendrá lugar el día 10 de julio de 2.012
a las 10:00 horas, en el salón de actos de las Dependencias Municipales de Benamahoma, salvo
que por razones justificadas se posponga a otra fecha, haciéndose pública la
nueva fecha en el Tablón de Edictos.
14.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará constituida por el Sr.
Concejal Delegado de Benamahoma o quien legalmente le sustituya, que la
presidirá, la Sra. Técnico
de Cultura, un concejal en representación de cada Grupo Municipal de la Corporación, cuatro
miembros de la Comisión
de Fiestas que actuaran como vocales y el Sr. Secretario de la Corporación que
actuará como vocal. Actuará como Secretario/a un trabajador de Plantilla del
Ayuntamiento de Grazalema.
La licitación se celebrará con sujeción a las normas
de los artículos 176 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector
Público, calificando previamente los documentos presentados en tiempo y forma,
procediéndose, en acto público, a la apertura de las ofertas admitidas.
Posteriormente las elevará, con el acta, al órgano de contratación, que podrá
adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, sin
atender necesariamente al valor económico de las mismas o declarar desierto el
concurso.
Tal
y como se señala en la cláusula nº 3 del presente Pliego, una vez finalizado el plazo de presentación
de ofertas, se procederá a la apertura por la Mesa de Contratación de las plicas presentadas
conforme se dispone en el presente Pliego de Condiciones, pudiendo la Mesa de Contratación en el
acto de apertura de las plicas, conforme al art. 178 de la TRLCSP, acordar abrir un
periodo de negociación con los licitadores que versará sobre la gestión de la
caseta en su conjunto y atendiendo a los criterios señalados anteriormente.
Durante la negociación, en caso de acordarse abrir dicho periodo, el órgano de contratación
velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no
facilitarán, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a
determinados licitadores con respecto al resto. El órgano de contratación
negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para
adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas
particulares y, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, y con
el fin de identificar la oferta más ventajosa en su conjunto de la explotación
de la Caseta Municipal.
15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
El
Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma y en su representación la Alcaldesa de Grazalema
(o por delegación el Sr. Concejal Delegado de Benamahoma) y el adjudicatario
deberán formalizar el contrato de servicios, en documento administrativo,
dentro de los 10 días siguientes al de notificación de la adjudicación,
constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante
lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a
petición del contratista, siendo a su costa los gastos que se originen.
16.- RESPONSABILIDADES A QUE AFECTAN A LA GARANTÍA DEFINITIVA:
La
garantía definitiva responderá de los daños o perjuicios que el/la
adjudicatario/a hubiese causado con motivo de la ejecución del contrato y
conforme a lo estipulado en la Ley
de Contratos del Sector Público.
17- RIESGO Y VENTURA:
El
contrato se hace a riesgo y ventura para el/la adjudicatario/a, quien por ninguna
causa podrá pedir alteración del precio ni indemnización alguna.
18- DAÑOS A TERCEROS:
El/la
adjudicatario/a será responsable de todos los daños que se causen a terceras
personas, como consecuencia de su gestión, así como de las sanciones a que diere
lugar por faltas o extralimitaciones de sus deberes.
19- INFRACCIONES Y SANCIONES:
El/la
adjudicatario/a del contrato será responsable de las infracciones que a
continuación se señalan, que cometa él/ella, sus empleados/as o colaboradores
en el servicio:
FALTAS LEVES:
Serán consideradas como tales, el incumplimiento de las siguientes
obligaciones:
a) La
apertura y cierre de las instalaciones a las horas y en los días establecidos
reglamentariamente.
b) Cuidar
de que la actividad en el interior de las instalaciones se realice con
normalidad, en armonía con las disposiciones legales vigentes, resolviendo
inmediatamente cuantas anomalías de las que se presenten pueda él/ella
solucionar y dando cuenta a la
Comisión de Festejos de las otras en el plazo más breve
posible.
c) Velar
por el buen orden, policía y limpieza de las instalaciones y por el adecuado
uso de las mismas por parte de las personas usuarias, a cuyo efecto exigirá de
las mismas el cumplimiento de sus obligaciones, solicitando la ayuda de las
autoridades competentes en caso de necesidad.
d) Procurar
por la conservación y entretenimiento de las instalaciones, cumpliendo las
obligaciones que se le imponen en este pliego y proponiendo las medidas más
adecuadas para el mejor funcionamiento del Servicio.
e) Atender
las quejas y reclamaciones de los/as usuarios/as, resolviendo las que sean de
su competencia y transmitiendo el resto a los organismos competentes.
f)
Facilitar a las autoridades tanto
estatales, autonómicas, provinciales o locales, el cumplimiento de su cometido
en las labores que al respecto tengan que efectuar en las instalaciones.
g) Mantener
continuamente informado al Concejal
Delegado de todo aquello que de alguna relevancia ocurra en las instalaciones o
fuera de ellas, pero que afecte a las mismas.
h) Mantener
en perfecto estado higiénico sanitario y de limpieza, todas las instalaciones.
i)
Cumplir cuanto ordena la
legislación vigente en lo referente a expedición de productos alimenticios,
manipulación de los mismos, etc.
j)
Cumplir el resto de obligaciones
especificadas en el Pliego de Condiciones que rige la contratación.
k) Cumplir
cuantas órdenes le diera la Comisión de Fiestas o el
Concejal Delegado de Benamahoma del Servicio que redunden en una mejor marcha
del mismo.
l)
Cualquier otra infracción a la
legislación vigente o a lo dispuesto en este Pliego, no calificada como falta
grave o muy grave.
FALTAS GRAVES:
Serán consideradas como tales las siguientes:
a) La
comisión de dos faltas leves de la misma naturaleza.
b) El
reiterado incumplimiento de las obligaciones higiénico sanitarias.
c) La
defraudación en la cantidad y calidad de las bebidas o alimentos expedidos.
d) El
prohibir el acceso a las instalaciones sin la autorización municipal
pertinente.
e) El
desacato ostensible a las disposiciones emanadas de la autoridad municipal.
f)
La demora en el pago del canon
establecido por más de cinco días.
g) El
provocar altercados o desórdenes públicos.
FALTAS MUY GRAVES:
a) La
comisión de dos faltas graves o de seis leves, de cualquier naturaleza.
b) El
cierre injustificado de las instalaciones los días establecidos en este pliego.
SANCIONES
Las
sanciones a aplicar por la comisión de las anteriores infracciones serán las
siguientes:
a) Por
la comisión de faltas leves: Multa de 30,05 €; 45,08 € y 60,10 €, según medien
atenuantes, no haya causa que modifiquen la responsabilidad o haya agravantes,
respectivamente, por cada comisión de una falta leve.
b) Por
la comisión de faltas graves: Multa de 180,30 €; 240,40 € y 300,51 €, según
medien atenuantes, no haya circunstancias modificativas de responsabilidad o
medien agravantes. En todo caso, la demora por más de treinta días en el pago
del canon llevará consigo la resolución del contrato e implícitamente, como
sanción, la perdida de la garantía definitiva.
c) Por
la comisión de faltas muy graves: Resolución del contrato y pérdida de la
garantía definitiva.
20- REVERSIÓN
DE LAS INSTALACIONES:
Al
término del plazo del contrato, revertirán al Ayuntamiento las instalaciones
objeto de la concesión.
21- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:
Concluido
el contrato y finalizado el plazo sin que exista responsabilidad exigible al/la
contratista, se devolverá o cancelará la garantía definitiva, conforme a lo
establecido en el artículo 48 de la
Ley de Contratos del Sector Público.
22.- RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
El
importe de los desperfectos que pudieran ocasionarse en las instalaciones, una
vez sean valorados, será detraído de la cantidad prestada como fianza
definitiva.
El
incumplimiento de las condiciones de gestión ofertadas en su proposición, será
causa de sanción por el Ayuntamiento, quedando afectada la devolución de la
fianza al pago de las sanciones que se le pudieran imponer.
23.- INSPECCION Y DIRECCION
Durante el plazo de la
adjudicación, el Ayuntamiento podrá inspeccionar las instalaciones y el
servicio ofertado a fin de que el mismo sea adecuado, así como realizar las
indicaciones y/o recomendaciones que considere oportunas para la buena gestión
del servicio.
24- CARÁCTER DEL CONTRATO:
El contrato que regula las presentes
cláusulas tiene naturaleza administrativa y se regirá en cuanto a su
preparación, competencia, adjudicación, efectos y extinción, por el presente
pliego de cláusulas, Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector
Público, Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla
parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
Contratos del Sector Público, Reglamento general de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas aproba do por Real Decreto 1098/2001, de 12 de
octubre, en lo que no se oponga a la
Ley 30/2007 y demás normativa vigente que pudiera resultar de
aplicación.