miércoles, 20 de junio de 2012

Abierto el plazo de presentación de ofertas para la adjudicación de la caseta en las fiestas de Moros y Cristianos



El ayuntamiento de Grazalema- Benamahoma informa que hasta el 9 de julio inclusive  está abierto el plazo de presentación de ofertas para la  adjudicación de la caseta municipal instalada en la Plaza de Las Huertas en las Fiestas de Moros y Cristianos.

Este es elpliego de condiciones económico administrativas que regirá la adjudicación:

 
1.- OBJETO DE LA ADJUDICACIÓN

El objeto del contrato, de naturaleza menor en cuanto a su cuantía y de servicios conforme al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, es la organización y explotación de la “CASETA MUNICIPAL” instalada en la Plaza de las Huertas, durante las Fiestas de Moros y Cristianos de Benamahoma 2012, de carácter tradicional.

El órgano de contratación es el Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma. La Comisión de Fiestas de Benamahoma gestiona, planifica y organiza voluntariamente cada año las Fiestas de dicha localidad bajo las directrices y dependencia directa de la Alcaldía del Ayuntamiento de Grazalema, del Concejal Delegado de Benamahoma y demás miembros de la Corporación o personal técnico que se determine.

2.- PLAZO DE LA ADJUDICACIÓN

Durante el periodo comprendido entre los días 3, 4, 5 y 6 de agosto de 2012.

3.- FORMA DE SELECCIÓN DEL/LA ADJUDICATARIO/A Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN

La adjudicación de la Caseta Municipal se efectuará por Procedimiento público Negociado de carácter abierto, es decir, pudiendo presentarse cualquier interesado que reúna los requisitos preceptivos y adjudicándose a la oferta más ventajosa en su conjunto y sin perjuicio de la apertura de un proceso de negociación con los interesados que reúnan los requisitos preceptivos y en igualdad de condiciones, con arreglo al presente Pliego de Condiciones, y en lo no dispuesto expresamente se estará a lo que señale la normativa que resulte aplicable, teniendo en cuenta, las condiciones de gestión ofertadas en la proposición  que se presente.

Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso serán los siguientes:

a)        Actuaciones, atracciones o grupos musicales que se van a contratar:.............................Hasta 8 puntos.

b)        Servicio de Personal con el que se dotará la  Caseta:.....................................................Hasta 6 puntos.

c)         Precio de las consumiciones:……………………………………………………………………………........Hasta 5 puntos.

d)        Experiencia o Proyectos realizados de características similares:......................................Hasta 4 Puntos.

e)        Precio ofertado (mejorando el tipo mínimo de licitación. Clausula 9): .............................Hasta 3 puntos.

f)          Cualquier otro extremo que el/la adjudicatario/a considere oportuno y que suponga una mejora de las prestaciones a realizar.........................................................................................Hasta 2 puntos.

Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura por la Mesa de Contratación de las plicas presentadas conforme se dispone en el presente Pliego de Condiciones, pudiendo la Mesa de Contratación en el acto de apertura de las plicas, conforme al art. 178 del TRLCSP, acordar abrir un periodo de negociación con los licitadores que versará sobre la gestión de la Caseta en su conjunto y atendiendo a los criterios señalados anteriormente. Durante la negociación, en caso de acordarse abrir dicho periodo, el órgano de contratación velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitarán, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, y con el fin de identificar la oferta más ventajosa en su conjunto de la explotación de la Caseta Municipal.

No podrán tomar parte en el procedimiento para la adjudicación de las instalaciones de la Caseta, aquellos/as interesados/as, que al día de la finalización de presentación de las propuestas, tuviera alguna deuda con las Administraciones Públicas, especialmente, aquellos/as que fueren deudores/as de este Ayuntamiento por cualquier concepto.

4.- INSTALACIONES AFECTADAS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y AYUDA ECONÓMICA

El Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma pondrá a disposición del adjudicatario/a las siguientes instalaciones y mobiliario para la prestación del servicio:

a)      Caseta Municipal, instalada en la Plaza de las Huertas.

b)      75 sillas.

5.- ACTUACIONES MUSICALES

El Ayuntamiento de Grazalema - Benamahoma, si lo considera pertinente y en caso de que el adjudicatario del contrato no lo haya previsto en su oferta, podrá contratar una ACTUACIÓN MUSICAL que amenizará las actuaciones diurnas (un mínimo de dos pases), así como las actuaciones nocturnas de los días 3, 4, 5 y 6 de agosto de 2.012, siempre y cuando exista la preceptiva consignación presupuestaria.

6.- OBLIGACIONES BÁSICAS DEL/LA ADJUDICATARIO/A

Organizar y explotar la Caseta Municipal, durante los periodos anteriormente detallados, asumiendo enteramente los riesgos económicos de su gestión, corriendo a su cargo el cumpliendo de las obligaciones que a continuación se relacionan:

1.- Horario de apertura: será conforme a las disposiciones legales vigentes.

2.-La entrada de la Caseta es totalmente libre y gratuita todos los días de feria, no pudiendo exigir bajo ningún concepto precio alguno por la misma.

3.- Instalación de mostradores y servicio de bar.

4.-Limpieza diaria de la Caseta Municipal.

5.-Ambientación Musical mediante equipo musical de al menos 200 w. R.M.S.

6.-Asumir cualquier otro gasto asociado a puesta en funcionamiento de las instalaciones (confección de “tickets”, etc).

7.-Desmontar las instalaciones que no sean de propiedad municipal, debiendo dejar el emplazamiento de las mismas en perfectas condiciones de limpieza tras la finalización inmediata de las fiestas.

8.-Los gastos derivados de decoración de la caseta.

9.-Instalación, como máximo, de 15 mesas PLEGABLES y 75 sillas. Éstas solo se podrán colocar en los laterales de la Caseta, dejando la zona central de la misma como pista de baile.

10.-Mantener el buen estado de la Caseta, siendo responsable de cualquier desperfecto que pudiera ocasionársele debido a negligencia del adjudicatario/a o cualquiera de sus empleados/as.

11.-Pago del precio de arrendamiento ofertado, en su caso.

Además el/la adjudicatario/a deberá atender las obligaciones que abajo se relacionan para todos los servicios objeto del presente contrato. A saber:

a)        Organizar y explotar el servicio, durante los períodos anteriormente detallados, asumiendo enteramente los riesgos económicos de su gestión.

b)        Concertar un seguro de responsabilidad civil que al menos debe cubrir una cobertura mínima de 150.253,03 € para casos de muerte y hasta un tope acumulado de 1.202.024,21 € para tal contingencia, en el supuesto de que fuesen dos o más muertes en el mismo siniestro, así como un seguro que cubra los daños personales y materiales que se puedan originar a los/as espectadores/as o a terceras personas, entregando copia de los mismos a la auxiliar – administrativo de las Dependencias Municipales de Benamahoma. En todo caso el Seguro o Seguros se tendrán que adaptar a las disposiciones legales vigentes en caso de las condiciones señaladas anteriormente sean otras en el momento de su concertación conforme a las disposiciones legales vigentes.

c)         Pagar el canon estipulado.

d)        Quedará el Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma exento de cualquier responsabilidad que por incumplimiento de las normas vigentes de carácter laboral, fiscal o de Seguridad Social, pueda exigirse al/la adjudicatario/a.

e)        No podrá realizar obras ni traspasar el arrendamiento a terceras personas sin autorización expresa del Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma.

f)          La prestación  de los servicios ha de llevarse a cabo con estricta sujeción a las normas estatales, autonómicas o locales que regulan las actividades a desarrollar, quedando exento el Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma de cualquier responsabilidad que por incumplimiento de dichas normas y otras de carácter laboral, fiscal o de Seguridad Social, pueda exigirse a la persona adjudicataria.

g)        Los servicios se prestarán por la persona adjudicataria durante el plazo de Concesión Administrativa, siendo de su cargo todos los tributos estatales, autonómicos o locales, incluido el I.V.A. que grave las actividades que se ejerzan, con la contraprestación de percibir durante el periodo de prestación, los precios que satisfagan a las personas usuarias de los Servicios.

h)        Correrá a cargo del/la contratista la conservación de las instalaciones afectadas al mantenimiento y perfecto estado de funcionamiento de las instalaciones eléctricas, de abastecimiento y evacuación de aguas. Así mismo, responderá de todas las reparaciones necesarias, incluso de los deterioros producidos por las personas usuarias.

i)          Contratar al  personal necesario para prestar los Servicios conforme a lo que en cada momento establezca la legislación vigente, corriendo a su cargo cuantas obligaciones en materia laboral o de Seguridad Social haya de cumplir.

j)          Responder  de toda indemnización civil o penal de daños por accidentes que ocasionen los/as operarios/as e instrumentos de trabajo empleados en las instalaciones, sin perjuicio de los derechos que asistan al contratista frente a los autores de los hechos o las compañías aseguradoras de los riesgos. Así mismo, el/la contratista será responsable civil y administrativamente ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan el/ella o empleados/as, y quedará obligado al resarcimiento de los daños que se causen a terceras personas con motivo de la defectuosa prestación de los servicios, culpa o negligencia inexcusable, sin perjuicio de las sanciones contractuales que puedan imponérsele.

k)         No enajenar ni gravar bienes afectos a la concesión que hubieren de revertir al Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma.

l)          El personal empleado en los Servicios deberá comportarse con absoluta corrección con el público, autoridades municipales y sus agentes y mostrar cuando fuera requerido para ello, la documentación que acredite su identidad.

m)      Permitir y facilitar las inspecciones que de las instalaciones se disponga por el Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma.

n)        Disponer todos los empleados en la caseta de los permisos necesarios de carácter sanitario inherentes a la manipulación de alimentos (Carnet de manipulador de alimentos).

o)        Obtener los permisos precisos para ejercer la actividad, corriendo a su cargo los impuestos, tasas y/o precios públicos que graven la misma.

7.- PRECIO DE LAS CONSUMISIONES

Se someterán a la aprobación expresa del Ayuntamiento, que no la otorgará si los precios en barra y mesa, considerados individualmente, superan la media de los establecidos en los bares de la localidad de idéntica categoría. Una copia de los precios autorizados, con la firma del Concejal Delegado de Benamahoma, estará expuesta y a disposición del público.

8.- RELACION CON LOS/LAS USUARIOS/AS

El/la adjudicatario/a, así como los/as usuarios/as de las instalaciones objeto de arrendamiento vendrán obligados/as a ajustarse en sus relaciones a las prescripciones legales en cada momento vigentes y a lo que es usual en las actividades a desarrollar.

9.- CANON QUE HABRÁ DE SATISFACER EL/LA ADJUDICATARIO/A AL AYUNTAMIENTO

El/la adjudicatario/a deberá satisfacer al Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma el importe que a tal efecto haya ofertado en su proposición, siendo el tipo mínimo de 4.000 EUROS (CUATRO MIL  EUROS), que podrá ser mejorado al alza.
                                                                                                  
El importe del canon se abonará al menos una semana antes del comienzo de las Fiestas de Moros y Cristianos en el NÚMERO DE CUENTA: 2103 – 0603 – 41 – 0230277958, debiendo presentar el correspondiente resguardo de ingreso en las Dependencias Municipales de Benamahoma, ANTES DEL 26 DE JULIO.

10.-  GARANTIA PROVISIONAL

No se establece.

11.-  GARANTIA DEFINITVA

El/la interesado/a que resultare adjudicatario/a de las instalaciones deberá ingresar en el en el NÚMERO DE CUENTA: 2103 – 0603 – 41 – 0230277958, un importe 500 Euros en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, a la firma del contrato y que le será devuelta una vez concluido el plazo de adjudicación, si no hay responsabilidades que exigirle.

12.-  PROPOSICIONES

12.1.- Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados, sellados o lacrados, suscritos por el/la propio/a licitador/a o por persona que legalmente le represente.

Los sobres irán dirigidos al Sr. Concejal Delegado del Ayuntamiento de Grazalema en Benamahoma, especificando en el exterior de los mismos, el objeto de la licitación, el nombre de/la licitador/a o empresa a la que representa, así como deberá indicarse si se trata del sobre nº 1 o sobre nº 2.

12.2.- Las proposiciones económicas se sujetarán al modelo establecido en el anexo I del presente pliego y su presentación presume la aceptación incondicional por el/la proponente del contenido de la totalidad de las cláusulas contenidas en el mismo sin salvedad alguna.

12.3.-Cada licitador/a solo podrá presentar una proposición. En el caso de que se pretenda presentar una segunda proposición, la segunda no será admitida. Igualmente no se admitirán variantes o alternativas de ofertas de licitación dentro de una misma proposición.

12.4.-  Los sobres deberán contener la siguiente documentación:

Sobre nº 1: 

a)        Los que acrediten la personalidad jurídica del/la empresario/a y en su caso su representación.
      
       Personas físicas: Documento Nacional de Identidad.

       Personas jurídicas: Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, acompañada de la escritura de poder bastanteada por el Secretario de la Corporación.

b)        Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración podrá ser formulada de conformidad con el modelo del anexo 2 del presente Pliego.

c)         Acreditación de la solvencia económica y financiera y de la solvencia técnica y profesional del empresario: Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, (solvencia financiera) y relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos (solvencia técnica y profesional) o de cualquier otra forma conforme a la LCSP.

Sobre nº 2:

Incluirá la siguiente documentación:

a)        La proposición económica del/la licitador/a, que ajustará al modelo establecido en el anexo 1 del presente pliego.

b)        Proyecto de Gestión, en el que se especifique, como mínimo:

       Actuaciones, atracciones o grupos musicales que se van a contratar.

       Servicio de Personal con el que se dotará la  Caseta.

       Precio de las consumiciones:

       Experiencia o Proyectos realizados de características similares.

       Precio ofertado.

       Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos (solvencia técnica y profesional).

       Cualquier otro extremo que el/la adjudicatario/a considere oportuno y que suponga una mejora de las prestaciones a realizar.

c)         Informe detallado con curriculim vitae de la persona / empresa ofertante con indicación expresa de los Proyectos realizados en años anteriores de características similares (aportándose documentación justificativa).

13.-  LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

Las proposiciones se presentarán en el Registro de Entrada de las Dependencias Municipales de Benamahoma,  en horas de oficina, entre los días 20 de junio al 9 de Julio de 2.012, ambos inclusive.

La  fecha de apertura de las proposiciones, en acto público, tendrá lugar el día 10 de julio de 2.012 a las 10:00 horas, en el salón de actos de las Dependencias Municipales de Benamahoma, salvo que por razones justificadas se posponga a otra fecha, haciéndose pública la nueva fecha en el Tablón de Edictos.

14.-  MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación estará constituida por el Sr. Concejal Delegado de Benamahoma o quien legalmente le sustituya, que la presidirá, la Sra. Técnico de Cultura, un concejal en representación de cada Grupo Municipal de la Corporación, cuatro miembros de la Comisión de Fiestas que actuaran como vocales y el Sr. Secretario de la Corporación que actuará como vocal. Actuará como Secretario/a un trabajador de Plantilla del Ayuntamiento de Grazalema.

La licitación se celebrará con sujeción a las normas de los artículos 176 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, calificando previamente los documentos presentados en tiempo y forma, procediéndose, en acto público, a la apertura de las ofertas admitidas. Posteriormente las elevará, con el acta, al órgano de contratación, que podrá adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, sin atender necesariamente al valor económico de las mismas o declarar desierto el concurso.

Tal y como se señala en la cláusula nº 3 del presente Pliego, una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a la apertura por la Mesa de Contratación de las plicas presentadas conforme se dispone en el presente Pliego de Condiciones, pudiendo la Mesa de Contratación en el acto de apertura de las plicas, conforme al art. 178 de la TRLCSP, acordar abrir un periodo de negociación con los licitadores que versará sobre la gestión de la caseta en su conjunto y atendiendo a los criterios señalados anteriormente. Durante la negociación, en caso de acordarse abrir dicho periodo, el órgano de contratación velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitarán, de forma discriminatoria, información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, y con el fin de identificar la oferta más ventajosa en su conjunto de la explotación de la Caseta Municipal.

15.-  FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:

El Ayuntamiento de Grazalema-Benamahoma y en su representación la Alcaldesa de Grazalema (o por delegación el Sr. Concejal Delegado de Benamahoma) y el adjudicatario deberán formalizar el contrato de servicios, en documento administrativo, dentro de los 10 días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista, siendo a su costa los gastos que se originen.

16.-  RESPONSABILIDADES A QUE AFECTAN A LA GARANTÍA DEFINITIVA:

La garantía definitiva responderá de los daños o perjuicios que el/la adjudicatario/a hubiese causado con motivo de la ejecución del contrato y conforme a lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público.

17-  RIESGO Y VENTURA:

El contrato se hace a riesgo y ventura para el/la adjudicatario/a, quien por ninguna causa podrá pedir alteración del precio ni indemnización alguna.

18-  DAÑOS A TERCEROS:

El/la adjudicatario/a será responsable de todos los daños que se causen a terceras personas, como consecuencia de su gestión, así como de las sanciones a que diere lugar por faltas o extralimitaciones de sus deberes.

19-  INFRACCIONES Y SANCIONES:

El/la adjudicatario/a del contrato será responsable de las infracciones que a continuación se señalan, que cometa él/ella, sus empleados/as o colaboradores en el servicio:

FALTAS LEVES: Serán consideradas como tales, el incumplimiento de las siguientes obligaciones:

a)      La apertura y cierre de las instalaciones a las horas y en los días establecidos reglamentariamente.

b)      Cuidar de que la actividad en el interior de las instalaciones se realice con normalidad, en armonía con las disposiciones legales vigentes, resolviendo inmediatamente cuantas anomalías de las que se presenten pueda él/ella solucionar y dando cuenta a la Comisión de Festejos de las otras en el plazo más breve posible.

c)       Velar por el buen orden, policía y limpieza de las instalaciones y por el adecuado uso de las mismas por parte de las personas usuarias, a cuyo efecto exigirá de las mismas el cumplimiento de sus obligaciones, solicitando la ayuda de las autoridades competentes en caso de necesidad.

d)      Procurar por la conservación y entretenimiento de las instalaciones, cumpliendo las obligaciones que se le imponen en este pliego y proponiendo las medidas más adecuadas para el mejor funcionamiento del Servicio.

e)      Atender las quejas y reclamaciones de los/as usuarios/as, resolviendo las que sean de su competencia y transmitiendo el resto a los organismos competentes.

f)        Facilitar a las autoridades tanto estatales, autonómicas, provinciales o locales, el cumplimiento de su cometido en las labores que al respecto tengan que efectuar en las instalaciones. 
g)      Mantener continuamente informado al  Concejal Delegado de todo aquello que de alguna relevancia ocurra en las instalaciones o fuera de ellas, pero que afecte a las mismas.

h)      Mantener en perfecto estado higiénico sanitario y de limpieza, todas las instalaciones.

i)        Cumplir cuanto ordena la legislación vigente en lo referente a expedición de productos alimenticios, manipulación de los mismos, etc.

j)        Cumplir el resto de obligaciones especificadas en el Pliego de Condiciones que rige la contratación.

k)       Cumplir cuantas órdenes le diera  la Comisión de Fiestas o el Concejal Delegado de Benamahoma del Servicio que redunden en una mejor marcha del mismo.

l)        Cualquier otra infracción a la legislación vigente o a lo dispuesto en este Pliego, no calificada como falta grave o muy grave.

FALTAS GRAVES: Serán consideradas como tales las siguientes:

a)      La comisión de dos faltas leves de la misma naturaleza.

b)      El reiterado incumplimiento de las obligaciones higiénico sanitarias.

c)       La defraudación en la cantidad y calidad de las bebidas o alimentos expedidos.

d)      El prohibir el acceso a las instalaciones sin la autorización municipal pertinente.

e)      El desacato ostensible a las disposiciones emanadas de la autoridad municipal.

f)        La demora en el pago del canon establecido por más de cinco días.

g)      El provocar altercados o desórdenes públicos.

FALTAS MUY GRAVES:

a)      La comisión de dos faltas graves o de seis leves, de cualquier naturaleza.

b)      El cierre injustificado de las instalaciones los días establecidos en este pliego.

SANCIONES


Las sanciones a aplicar por la comisión de las anteriores infracciones serán las siguientes:

a)      Por la comisión de faltas leves: Multa de 30,05 €; 45,08 € y 60,10 €, según medien atenuantes, no haya causa que modifiquen la responsabilidad o haya agravantes, respectivamente, por cada comisión de una falta leve.

b)      Por la comisión de faltas graves: Multa de 180,30 €; 240,40 € y 300,51 €, según medien atenuantes, no haya circunstancias modificativas de responsabilidad o medien agravantes. En todo caso, la demora por más de treinta días en el pago del canon llevará consigo la resolución del contrato e implícitamente, como sanción, la perdida de la garantía definitiva.

c)       Por la comisión de faltas muy graves: Resolución del contrato y pérdida de la garantía definitiva.

20-  REVERSIÓN  DE LAS INSTALACIONES:

Al término del plazo del contrato, revertirán al Ayuntamiento las instalaciones objeto de la concesión.

21-  DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA:

Concluido el contrato y finalizado el plazo sin que exista responsabilidad exigible al/la contratista, se devolverá o cancelará la garantía definitiva, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contratos del Sector Público.

22.-  RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

El importe de los desperfectos que pudieran ocasionarse en las instalaciones, una vez sean valorados, será detraído de la cantidad prestada como fianza definitiva.

El incumplimiento de las condiciones de gestión ofertadas en su proposición, será causa de sanción por el Ayuntamiento, quedando afectada la devolución de la fianza al pago de las sanciones que se le pudieran imponer.

23.-  INSPECCION Y DIRECCION

Durante el plazo de la adjudicación, el Ayuntamiento podrá inspeccionar las instalaciones y el servicio ofertado a fin de que el mismo sea adecuado, así como realizar las indicaciones y/o recomendaciones que considere oportunas para la buena gestión del servicio.

24-  CARÁCTER DEL CONTRATO:

El contrato que regula las presentes cláusulas tiene naturaleza administrativa y se regirá en cuanto a su preparación, competencia, adjudicación, efectos y extinción, por el presente pliego de cláusulas, Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aproba do por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la Ley 30/2007 y demás normativa vigente que pudiera resultar de aplicación.

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